Las empresas de CLM pueden recibir 5.140€ de subvención por contratar a personas desempleadas que tengan el “Cheque Transición”

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Se trata de una subvención a la contratación por parte de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo con la que se pretende ayudar a las personas que hayan participado en distintos programas de empleo a encontrar un puesto de trabajo, incentivando a aquellas empresas que los contraten, a jornada completa y durante al menos un año.

Una medida recogida en el Decreto 96/2018 de 27 de diciembre que regula este “Programa Cheque Transición”, una de las medidas incluidas en el Plan Regional de Empleo y Garantías de Rentas destinado a la recuperación económica de Castilla-La Mancha, y dirigida a combatir el desempleo de larga duración y mejorar la empleabilidad de las personas que buscan trabajo.

El “Cheque Transición” es un título nominativo que obtienen aquellas personas desempleadas que hayan participado en distintos programas de empleo gestionados por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y que permite a la empresa que las contrate percibir una subvención de 5.140 euros.

Una cantidad que se verá incrementada en 700 euros cuando la persona contratada pertenezca a un colectivo en exclusión social, sean mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género o sean personas con discapacidad igual o superior a un 33%. Además, hay que destacar que la subvención se incrementará un 20% cuando las contrataciones se hagan en municipios de territorios considerados zonas prioritarias.

El plazo de presentación de solicitudes para el año 2019 ya ha comenzado y está abierto hasta el 15 de noviembre. Las entidades beneficiarias pueden ser empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, realicen las contrataciones que reúnan las condiciones establecidas en el presente decreto.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas cualesquiera de las administraciones, entidades u organismos que forman parte del sector público.

Serán subvencionables los contratos laborales con personas titulares de estos “Cheques Transición” que estén inscritas como demandantes de empleo en el momento de su contratación. No podrán ser inferiores a 12 meses y deberán ser a jornada completa.

A continuación, adjuntamos enlaces a los distintos decretos que regulan el “Cheque Transición”, así como a un vídeo promocional que explica de manera muy sencilla su funcionamiento y beneficios.

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